Ayudas para pago de alquiler de vivienda habitual
La Consejería de Obras Públicas,
Transporte y Vivienda, ha aprobado un programa de ayudas para dar respuesta a
las personas que residen en una vivienda en régimen y se han visto afectadas
por la crisis provocada por el COVID-19. Desde este 8 de mayo se abre el plazo
para solicitar las ayudas al pago del alquiler de la vivienda habitual y se
podrán presentar hasta el 30 de septiembre, inclusive.
QUIÉN PUEDE PEDIRLAS: REQUISITOS
En el caso de que el inquilino sea autónomo:
Estar afiliado y en situación de alta, en la fecha de la
declaración del estado de alarma, el pasado 14 de marzo.
Que su actividad haya quedado suspendida como consecuencia de
la entrada en vigor del estado de alarma o por órdenes dictadas por la
Autoridad competente.
Si su actividad no fue suspendida directamente por el estado
de alarma, deberá acreditar la reducción de la facturación del mes natural
anterior al que se solicita aplazamiento en, al menos, un 75% en relación con
la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes referido
al año anterior
Si el inquilino es una pyme:
Que no se superen los límites establecidos en el artículo
257.1 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Que su actividad haya quedado suspendida como consecuencia de
la entrada en vigor del estado de alarma o por órdenes dictadas por la
Autoridad competente.
Si su actividad no fue suspendida directamente por el estado
de alarma, se deberá acreditar la reducción de su facturación del mes natural
anterior al que se solicita el aplazamiento en, al menos, un 75% en relación
con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes
referido al año anterior.